La donación de gametos en el Paraguay de forma anónima y el Principio del Interés Superior del Niño y su Derecho a la Identidad
Anonymous Gamete Donation in Paraguay and the Principle of the Best Interest of the Child and Their Right to Identity
Resumen
Las Técnicas de Reproducción Asistida (TRA) se realizan en el Paraguay desde hace varios años, las más comunes son la fecundación in vitro y las inseminaciones artificiales, en algunas ocasiones dependiendo del caso las clínicas de fertilidad proceden a la utilización de gametos donados de forma anónima y altruista (ovodonación y la donación de espermatozoides), lo que exige un análisis jurídico y ético exhaustivo, ya a que podrían ir en detrimento de garantías constitucionales y derechos consagrados por la ausencia de leyes que reglamenten el uso de estas técnicas quedando las mismas al arbitrio de las clínicas de fertilización, por ende, es de suma importancia analizar qué consecuencias jurídicas podría desencadenar la manipulación de los gametos donados a la hora de emplearlos en alguna de estas técnicas, ya que debemos considerar varios aspectos relacionados con los derechos de autonomía y privacidad de las personas que las utilizan en casos de infertilidad, así como la protección de la confidencialidad de los donantes y el principio del interés superior en conjunto con el derecho a la identidad, estipulados en la Ley N° 1680 del Código de la Niñez y la Adolescencia. Este artículo expone una laguna legal existente a nivel país y sugiere la implementación de reglamentaciones más transparentes que garanticen el derecho de los receptores y donantes, pero poniendo especial énfasis en la protección de los derechos de las criaturas que sean fruto de la utilización de gametos donados, considerando que en nuestra Constitución Nacional se garantiza el derecho a la vida desde el momento de la concepción, así como el derecho a la identidad.