Un análisis de la aplicabilidad de la mediación judicial en el sistema jurídico brasileño como contorno de acceso a la justicia

Manuella Maria Varejão Costa

Resumen


Ciertamente, tras el advenimiento de la Resolución N° 125/2010 del Consejo Nacional de Justicia, se observó un nuevo panorama de resolución de conflictos ante el Poder Judicial, si bien esta Resolución surgió con el objetivo de garantizar la efectividad del principio de celeridad procesal, positivo en su artículo 5, fracción LXXVIII, así como respaldar el Acceso a la Justicia, recomendado en la Constitución Federal de 1988, en el mismo artículo, con base en la fracción XXXV, que tiene el carácter de garantía fundamental. Al estudiar el tema de los Medios Alternativos de Resolución de Conflictos, podemos observar que el Poder Judicial brasileño cuenta con una amplia legislación que nos permite discutir el tema de manera clara, práctica y objetiva, al mismo tiempo que podemos medir si efectivamente con las implementaciones surgen nuevas leyes. disposiciones, el Poder Judicial está en condiciones de cumplir su rol de garantizar el Acceso efectivo a la Justicia. En lo que respecta al Estado de Pernambuco, se puede observar que los Medios Autocompositivos ocuparon un espacio de mayor visibilidad y relevancia, mientras se observa un mayor compromiso de los miembros que integran el Poder Judicial de Pernambuco en la puesta en práctica de estas herramientas. Sin embargo, a nivel nacional y estatal surge una gran pregunta: ¿se utiliza realmente el instrumento adecuado para el caso específico?  La conciliación se utiliza 

frecuentemente dentro del Poder Judicial, pero ¿debería aplicarse este instituto a todos los casos?  ¿Se pueden devolver demandas al Poder Judicial por el uso inadecuado de los Medios Alternativos? ¿Existe efectivamente eficacia del precepto fundamental de Acceso a la Justicia aplicado al caso concreto? Preguntas como estas deben evaluarse según el caso concreto, ya que cada demanda tiene su particularidad y peculiaridad. En breves líneas de este artículo, observaremos cómo se pueden resolver las demandas, y cuándo la Mediación Judicial se volverá imprescindible para resolver el conflicto y principalmente garantizar la satisfacción de los involucrados, ya que no basta con recurrir al Poder Judicial, para una sentencia a dictar en la que saldrá victorioso una de las partes involucradas, es necesario que el sujeto competente que recurra al Poder Judicial, con el objetivo de tener garantizado su Acceso a la Justicia, tenga eficiencia en la celeridad procesal y mayor autonomía de voluntad, pero para que esto suceda es necesario el conocimiento previo de los institutos por parte de quienes tienen competencia, así como de los funcionarios de justicia, donde la búsqueda del bienestar esté en sintonía con el restablecimiento del diálogo, para que sólo así podamos tener las herramientas de autocomposición aplicadas de manera efectiva. Es necesario también discutir la implementación de los Medios Autocompositivos en el Poder Judicial, así como las distinciones de cada método, para que a través de este breve estudio podamos verificar si la aplicabilidad es adecuada a los casos.


Palabras clave


Mediación Judicial. Acceso a la justicia. Judicial.

Citas


Affonso Mayer, L. (2011). Métodos alternativos de resolução de conflitos sob a ótica do direito contemporáneo. https://jus.com.br/artigos/19994/metodos-alternativos-de-resolucao-de-conflitos-sob-a-otica-do-direito-contemporaneo

Lei Nº 13.105, de 16 de março de 2015. https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2015-2018/2015/lei/l13105.htm

Mediação transformativa: como funciona? https://www.direitoprofissional.com/mediacao-transformativa/

Resolución del Consejo Nacional de Justicia -CNJ 125/2010, artículo 1. 61-Texto do artigo-156-1-10-20161230.pdf


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ISSN 2309-771X