La demanda como medio de interrupción de la prescripción y la seguridad jurídica en Paraguay

Tito Livio Covis Sanabria

Resumen


La presente investigación tiene como objetivo realizar un análisis jurídico de la factibilidad de que la demanda civil constituya un medio efectivo de interrupción de la prescripción de la acción y su contribución a la Seguridad Jurídica del Paraguay. Es importante señalar que en el Derecho Civil Paraguayo, en la actualidad, la interrupción del plazo de prescripción se realiza mediante la notificación de la demanda, por ende, el acto de interposición de demanda por sí misma no constituye un acto interruptivo de la prescripción de la acción, que en la práctica genera un perjuicio a los accionantes quienes se encuentran supeditados a la gestión eficiente y rápida de los Juzgados en lo Civil y Comercial de la Resolución de Admisión de la Demanda y de la labor del Ujier Notificador del Juzgado para que la interrupción de la prescripción de la acción sea efectivo, de esta manera, se vulnera el valor que importa la reclamación de los derechos, situación que es aprovechada por los demandados para librarse de una responsabilidad, valiéndose de mecanismos previstos en la ley, generando una situación de injusticia y vulnerando la Seguridad Jurídica del país. Para el análisis jurídico se ha adoptado la investigación es el cualitativo, de diseño no experimental de tipo descriptico desarrollado en la ciudad de Asunción en el año basado en el examen de la legislación, la doctrina, las soluciones jurisprudenciales vertidas en la materia a través de una guía o lista de cotejo y la técnica de análisis o revisión documental, así como también se han aplicado entrevistas a expertos para determinar el alcance de las normas aplicadas al caso concreto. De acuerdo a los hallazgos se puede evidenciar que Como producto de las actividades investigativas entre los hallazgos más significativos se pueden mencionar que la demanda civil y los efectos jurídicos que se le conceden en el proceso judicial se encuentra directamente relacionados con el cumplimiento de una garantía constitucional de acceso a la justicia por parte del actor, de los casos cinco estudios de caso realizados se ha comprobado un promedio de dos meses entre la fecha de presentación de la demanda y la efectiva notificación de la misma acto de interrupción de la prescripción de acuerdo a la ley civil, por lo que es necesario reflexionar si efectivamente el principio dispositivo y de bilateralidad tienen mayor preeminencia que el principio de igualdad de partes y moralidad que rigen el proceso civil. Además, debe reflexionarse si el principio constitucional de acceso a la justicia no se encuentra siendo vulnerada por el art. 647 inc, a, en cuya redacción no se tiene en cuenta factores facticos y realidad de los juzgados en detrimento de los derechos del actor de la demanda.


Palabras clave


Demanda, Proceso Civil, Notificación, Prescripción.

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ISSN 2309-771X