Tensión convencional. Tres ideas en conflicto

Autores/as

  • Manuel Riera Domínguez Presidente del Colegio de Abogados del Paraguay

Palabras clave:

Constitución, convención, control de constitucionalidad, control de convencionalidad.

Resumen

Este artículo intentará mostrar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante, CIDH) y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante, La Comisión), en sus pretensiones de control de convencionalidad, exceden límites de una concepción jurídica y política insoslayable. Y generan, con ello, una tensión con tres ideas que considero fundamentales: 1) la constitución concebida como norma que limita el poder público; 2) la constitución concebida como norma que estructura una comunidad política; y

3) la constitución concebida como norma jerárquicamente superior dentro de un sistema jurídico determinado. La idea de tensión centrada en el control de convencionalidad motiva el nombre del presente artículo: tensión convencional.

Citas

Amaya, J. A. (2015). Control de Constitucionalidad. Astrea. 2 ed. actualizada y ampliada.

Buenos Aires, p. 185.

Hart, H. L. A. (2007), El concepto de Derecho, trad. Genaro R. Carrió, Abeledo-Perrot, Buenos Aires, p 7.

McIlwain, C. H. (1956), Constitucionalismo antiguo y moderno. Trad. Juan José Solozabal Echavarria. Centro de Estudios Políticos y Constitucionales. Colección Civitas.

Introducción. p. 13.

McIlwain, C. H. (1956). Constitucionalismo antiguo y moderno. Trad. Juan José Solozabal Centro Estudios Políticos y Constitucionales. Colección Civitas. p. 51.

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Publicado

2023-02-28

Número

Sección

Derecho Constitucional