Este trabajo tiene por objetivo recordar que en nuestra Justicia Penal se incorporó un modelo acusatorio garantista en nuestro ordenamiento jurídico penal, es decir un paso fundamental para garantizar los derechos, garantías y principios rectores del “Debido Proceso” imprescindible dentro de Estado Democrático de Derecho. Es el cambio del sistema inquisitivo al sistema acusatorio estableciéndose roles diferentes como verbigracia el Juez ya no es el que investiga y decide, sino el Fiscal es el encargado de la acción y director de la investigación, justamente a los efectos de no violentar la “Imparcialidad” del Órgano jurisdiccional que anteriormente no se cumplía con las funciones establecidas. Asimismo a partir de manifestaciones de grandes Juristas se trata de plasmar una suerte de visión general sobre estos dos temas en cuestión, que se abordó en este trabajo con la intención no solo de establecer y recordar las fuentes o el surgimiento de nuevos puntos rectores del sistema penal, sino buscar soluciones con propuestas acordes a nuestras necesidades urgentes y la posibilidad efectiva de llevar adelante todo este nuevo andamiaje que debemos construir todos juntos para que realmente se verifique los resultados a corto plazo.
Se presenta un análisis sobre los derechos de marca, el bien jurídico protegido y la protección de la propiedad intelectual y derecho de marca a través de los mecanismos legales.
La necesidad de una normativa de protección ideal para la mujer se ve instaurada desde el análisis de la Constitución Nacional de la República del Paraguay del año 1992, mediante la cual se pudo revertir la sucesión de derechos condicionados, y así empieza una evolución normativa con mayor atención en lo que se relaciona a la familia bajo perspectivas internacionales de derechos humanos a través de pactos que han sido ratificados por el país. No podemos omitir, que es deber del Poder Judicial y de sus auxiliares de Justicia, el velar por la libre concurrencia y sin discriminación alguna del acceso a la justicia. La primera necesidad que se representó el Estado Paraguayo, fue adecuar las aristas legales en consonancia con significativos instrumentos internacionales como Belem do Pará o CEDAW. Por ello, resultara fundamental conocer el proceso y los componentes de la comunicación interpersonal a fin de evitar la continuidad de aquellos -malos tratos- o llegar a incurrir en ciertas discriminaciones por el género. Surge la necesidad de comprender el fundamento de la incorporación en el campo jurídico de la Ley N° 5777/16 con ciertas cuestiones que dan pie a una discusión desde el régimen de la acción penal y del debido proceso que serán parte esencial de los puntos que se abordarán en el presente artículo jurídico.
El presente artículo tiene como objetivo analizar si la sentencia de la pena de muerte sería una solución que preserve el estado de derecho y el orden entre la sociedad en general, y entre el estado y la sociedad. A partir de un marco de antecedentes históricos acerca de la evolución que ha tenido este sistema inquisitorio, que ha funcionado como sanción a diversos crímenes a lo largo de la historia de la humanidad, y así mismo, los posibles factores que llevaron a tomar en cuenta esta medida punitiva como la más grave, o bien, más extrema en cuanto a la sentencia de un indiciado en algún procedimiento de tipo jurídico y para ser específicos, también de tipo penal. En este estudio documental, se analizaron los contextos sobresalientes en los cuales la pena de muerte ha sido aplicada, y así mismo hoy en día, como esta situación o este fenómeno social que es un objeto importante de estudio, ha sido manejado por los países para que en sus sistemas normativos jurídicos. Se concluye que sea retirada y se asuma como una condena prohibida, justamente atendiendo a lo que hoy en día son los derechos humanos y preservando sin duda alguna, el más importante que en este caso es la vida.
Una consecuencia del crecimiento exponencial de la popularización de la tecnología de la información y la consiguiente migración de la actividad humana, incluida la actividad ilícita, al ciberespacio está desafiando la eficacia de nuestros métodos tradicionales de aplicación de la ley. En este artículo realizaremos un breve recorrido por las distintas aristas que conforman el fenómeno del internet que cada vez está teniendo más cabida en nuestro día a día y que hoy, en la manera en que está siendo utilizada sin una regulación clara, puede amenazar la seguridad de nuestros datos privados y patrimonios e inclusive bienestar físico y psicológico.
Hemos de exponer un análisis en cuanto a las consideraciones sobre la implicancia actual del instituto del comiso dentro del ordenamiento jurídico-penal paraguayo. Ello, en vista a la importancia que ha ocupado su aplicación en la serie de fácticos relacionados a hechos antijurídicos que atentan contra el orden económico, y sobre la base de su naturaleza jurídica radical, conforme a los lineamientos nacionales e internacionales que exponen los vértices de un debido proceso.
Ciertamente, el aspecto gnoseológico de las actividades ilícitas suscita nuevos métodos que vinculan a diversos injustos a partir de los lineamientos establecidos por las organizaciones criminales que, a menudo recurren al lavado de activos para ocultar el origen de sus fondos ilícitos, y ante ello, ejecutan acciones que dificultan a los sistemas de control en el ámbito económico. Para ello, ocupa interés la expansión tecnológica que incide en el entorno socio - económico, en donde la alteración monetaria en contra de la verdad financiera y de la confianza comercial se encuentran enlazadas bajo fenómenos de la sociedad de riesgo, que resultan de una interacción delictiva a través de los diversos sistemas informáticos (transaccionales). Es por tanto, que, la importancia de la presente investigación radica en el entorno del acto de la ciberdelincuencia, puesto que, el agente (activo) se aprovecha del desconocimiento de personas que realizan “transferencias” con fondos monetarios. Así, la ciberdelincuencia financiera ocupa cuidado, ante la acción ilegal que se da por vías informáticas o por el objetivo de destruir y dañar ordenadores, medios electrónicos y redes de Internet. Por tanto, hemos de analizar una parte de la dogmática que determina nuevos paradigmas de conductas en contra del sentido legal dentro del sector económico - financiero.
El presente trabajo partió del objetivo general: identificar las características de la persecución penal de la violencia familiar en Paraguay entre los años 2014 a 2020. Para llegar a él se propuso los objetivos específicos: Analizar la evolución de la persecución penal de la violencia familiar desde el código penal paraguayo hasta la última modificación; Analizar los resultados obtenidos con las modificaciones legislativas introducidas al tipo penal violencia familiar en Asunción; Identificar las instituciones nacionales y herramientas disponibles en el sistema para la persecución de la violencia doméstica y la protección de sus víctimas y; Analizar la política criminal del Estado Paraguayo con respecto a la violencia doméstica. El diseño fue no experimental de alcance descriptivo y enfoque cualitativo. Se concluye que, si bien la violencia familiar es un crimen en Paraguay y existe un marco normativo extenso y apropiado, este no está siendo efectivo para detener la comisión del crimen.